El artículo 391 bis del Código Penal chileno establece las sanciones para la conspiración relacionada con el delito de homicidio calificado. Específicamente, se refiere a la conspiración para cometer el delito de homicidio calificado según lo previsto en el artículo 391 N° 1, circunstancia segunda del Código Penal. Esta regulación aborda situaciones donde el homicidio se planea o se ejecuta a cambio de una recompensa económica o beneficio de otra naturaleza, ya sea para el perpetrador o para un tercero.
Imagen ilustrativa de la justicia chilena, reflejando el contexto legal del análisis del artículo 391 bis del Código Penal.
La ley N° 21.571, publicada el 11 de mayo de 2023, introdujo modificaciones al Código Penal para sancionar la conspiración en el delito de homicidio calificado, especialmente cuando involucra un premio, promesa remuneratoria o ánimo de lucro. Esta modificación se centra en el artículo 391 bis, que aborda directamente la conspiración para cometer homicidio calificado según lo estipulado en el artículo 391 N° 1, circunstancia segunda del Código Penal.
El artículo 391 N° 1, circunstancia segunda del Código Penal se refiere a la alevosía como una de las circunstancias que califican el homicidio. La alevosía implica que el autor del crimen actúa sobre seguro, utilizando medios, modos o formas que tiendan directa y especialmente a asegurar la ejecución del delito, sin riesgo para su persona que provenga de la defensa por parte del ofendido.
El artículo 391 bis establece que quien conspire para cometer el delito de homicidio calificado bajo las circunstancias mencionadas será castigado con la pena de presidio menor en su grado máximo. Esto significa una pena de cárcel que va desde tres años y un día hasta cinco años.
La ley también contempla un aumento en la pena si la conspiración se dirige contra ciertos funcionarios públicos, tales como jueces con competencia en lo penal, fiscales del Ministerio Público, defensores penales públicos, o miembros de las fuerzas de seguridad (Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones de Chile o Gendarmería de Chile), siempre que el delito esté relacionado con el ejercicio de sus funciones. En estos casos, la pena aplicable es de presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo, lo que se traduce en una pena que va desde tres años y un día hasta diez años de presidio.
La introducción del artículo 391 bis al Código Penal chileno representa un esfuerzo por parte del legislador para abordar de manera más efectiva la criminalidad organizada y el sicariato. Al penalizar la conspiración para cometer homicidio calificado, se busca anticipar y prevenir la comisión de estos delitos, atacando las etapas preparatorias del crimen.
La pena de presidio menor en su grado máximo (tres años y un día a cinco años) para la conspiración puede considerarse como un equilibrio entre la necesidad de sancionar conductas que aún no han resultado en la comisión del homicidio, y el respeto al principio de proporcionalidad de las penas. Sin embargo, el aumento de la pena cuando el objetivo son funcionarios públicos subraya la importancia de proteger a quienes cumplen un rol fundamental en el sistema de justicia y seguridad del país.
Esta legislación surge en un contexto donde el sicariato y los homicidios por encargo han ganado notoriedad, representando una amenaza para la seguridad pública y el estado de derecho. La modificación del Código Penal busca, por lo tanto, enviar un mensaje claro a quienes estén involucrados en la planificación de estos crímenes, disuadiéndolos de llevar a cabo sus planes.
En Chile, el homicidio se clasifica en varias categorías, cada una con sus propias características y penas. Estas categorías incluyen homicidio simple, homicidio calificado, homicidio agravado, homicidio culposo (involuntario) y femicidio.
Video explicativo sobre el homicidio, proporcionando una visión general de este delito en el contexto legal.
Este video del Poder Judicial de Chile proporciona una explicación sobre qué es el homicidio, lo cual es relevante para comprender el contexto del artículo 391 bis del Código Penal, que sanciona la conspiración para cometer homicidio calificado. El video ayuda a entender la gravedad del delito de homicidio y por qué la legislación chilena busca prevenirlo y sancionarlo en todas sus formas, incluyendo la conspiración.
El homicidio simple ocurre cuando una persona mata a otra sin que existan circunstancias que lo califiquen o lo privilegien. La pena para este delito es de presidio mayor en su grado medio a máximo, es decir, de diez años y un día a veinte años de presidio.
El homicidio calificado se define por la presencia de ciertas circunstancias agravantes que demuestran una mayor peligrosidad del autor y una mayor reprochabilidad de su conducta. Estas circunstancias están descritas en el artículo 391 del Código Penal e incluyen:
La pena para el homicidio calificado va desde presidio mayor en su grado máximo (quince años y un día a veinte años) hasta presidio perpetuo calificado (al menos 40 años de prisión efectiva antes de poder optar a beneficios penitenciarios).
Aunque el término "homicidio agravado" no es un término técnico explícito en el Código Penal chileno, se refiere generalmente a situaciones donde existen circunstancias que aumentan la pena dentro de los márgenes legales establecidos para el homicidio simple o calificado. Estas circunstancias pueden incluir la relación entre el autor y la víctima (por ejemplo, parricidio) o el contexto en que se comete el delito.
El homicidio culposo ocurre cuando la muerte de una persona es causada por la negligencia, imprudencia o falta de cuidado del autor, sin que exista la intención de matar. Las penas para el homicidio culposo varían dependiendo de la gravedad de la negligencia y pueden incluir presidio menor (de 541 días a 5 años), multas e incluso la inhabilitación para ejercer ciertas profesiones.
El femicidio es el homicidio de una mujer cometido en razón de su género. Este delito está tipificado específicamente en el Código Penal y contempla penas más elevadas que el homicidio simple, reconociendo la especial vulnerabilidad de las mujeres en contextos de violencia de género.
Esta tabla resume los diferentes tipos de homicidio en Chile, sus características principales y las penas asociadas.
Tipo de Homicidio | Descripción | Pena |
---|---|---|
Homicidio Simple | Muerte de una persona sin circunstancias calificantes o privilegiantes. | Presidio mayor en su grado medio a máximo (10 años y 1 día a 20 años). |
Homicidio Calificado | Muerte con alevosía, premio, envenenamiento, ensañamiento o premeditación. | Presidio mayor en su grado máximo a presidio perpetuo calificado (15 años y 1 día a perpetuo calificado). |
Homicidio Culposo | Muerte causada por negligencia o imprudencia, sin intención de matar. | Presidio menor (541 días a 5 años), multas e inhabilitación. |
Femicidio | Homicidio de una mujer en razón de su género. | Penas más elevadas que el homicidio simple, según las circunstancias. |
Conspirar se refiere a la acción de planificar o acordar con otra u otras personas la comisión de un delito. En el contexto del artículo 391 bis, implica que dos o más personas se ponen de acuerdo para llevar a cabo un homicidio calificado, específicamente motivado por un premio, promesa remuneratoria o ánimo de lucro.
La principal diferencia radica en las circunstancias que rodean el hecho. El homicidio calificado se distingue por la presencia de agravantes, como la alevosía, el pago o promesa de una recompensa, el envenenamiento, el ensañamiento o la premeditación. Estas circunstancias demuestran una mayor peligrosidad y reprochabilidad en la conducta del autor, lo que justifica una pena más severa.
La Ley N° 21.571 tiene como principal implicación la penalización de la conspiración para cometer homicidio calificado. Antes de esta ley, la conspiración no era punible a menos que se llevara a cabo el delito. Con esta modificación, se busca prevenir la comisión de homicidios por encargo, sancionando a quienes participan en la planificación de estos crímenes.
El aumento de la pena en estos casos se debe a la necesidad de proteger a quienes cumplen un rol fundamental en el sistema de justicia y seguridad del país. Atentar contra jueces, fiscales, defensores públicos o miembros de las fuerzas de seguridad no solo afecta a la víctima individual, sino que también socava el estado de derecho y la confianza en las instituciones.
El "presidio menor en su grado máximo" se refiere a una pena de cárcel que va desde tres años y un día hasta cinco años. El "presidio mayor en su grado mínimo" se refiere a una pena que va desde cinco años y un día hasta diez años. La diferencia radica en la duración de la pena, siendo el presidio mayor en su grado mínimo más severo que el presidio menor en su grado máximo.